La Superintendencia de Sociedades, mediante la Circular Externa 100-000002 del 14 de marzo de 2025, eliminó el requerimiento de presentación del Informe 42 de Prácticas Empresariales, que tradicionalmente debían presentar anualmente ciertas sociedades vigiladas.
¿Qué implica esta modificación?
- A partir de 2025, las sociedades ya no deberán presentar el Informe 42, el cual contenía información no financiera sobre prácticas de gobierno corporativo, ética empresarial, sostenibilidad, entre otros aspectos.
- Esta decisión se enmarca dentro de una estrategia de simplificación y racionalización de cargas administrativas, buscando que los reportes exigidos respondan a criterios de utilidad, pertinencia y eficiencia.
- La medida no exime a las sociedades del cumplimiento de sus deberes legales en materia de gobierno corporativo y transparencia, sino que se reestructura la manera en que dicha información será monitoreada por la Entidad.}
Para más información, consulte el comunicado oficial de la Superintendencia de Sociedades aquí
Comunicado oficial Supersociedades
Para consultas sobre cómo esta novedad puede contactarse con:
Carolina Acosta
Socia Derecho Corporativo
carolina.acosta@canonasociados.com