La Corte Constitucional ha declarado exequibles (es decir, compatibles con la Constitución) las disposiciones de la Ley 2277 de 2022, que establecen la Tasa Mínima de Tributación (TMT). Esta normativa requiere que las empresas en Colombia contribuyan con al menos un 15% sobre su utilidad contable depurada (potencialmente un 20% para 2025, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Financiamiento propuesta por el Gobierno Nacional).
Para las empresas, esto implica la necesidad de revisar y ajustar sus estrategias fiscales para asegurar el cumplimiento con esta disposición. Se recomienda organizar las operaciones y la planificación tributaria de manera efectiva para alcanzar esta tasa mínima, lo cual podría requerir una reevaluación de prácticas contables y fiscales actuales para alinearse con los nuevos requerimientos normativos.
Fundamentación Legal
La Corte analizó las disposiciones bajo el principio de proporcionalidad, concluyendo que incluir la “UC” (utilidad contable o financiera antes de impuestos) en el cálculo de la base gravable es adecuado para garantizar una contribución mínima equitativa. Este enfoque no viola el principio de capacidad contributiva, ya que refleja razonablemente la utilidad económica generada por las personas jurídicas.
Además, se determinó que estas medidas no afectan desproporcionadamente los derechos fundamentales de los contribuyentes. Aunque la “UC” incluye algunos conceptos de ingresos no realizados, esto no excede los límites permitidos por el principio de capacidad contributiva. La razonabilidad del uso de la “UC” permite al legislador crear un mecanismo eficiente para recaudar impuestos sin recurrir a cálculos excesivamente complejos o costosos.
En cuanto a la igualdad tributaria, se justificó que las diferencias normativas, como la obligación de consolidar estados financieros, son necesarias para evitar la elusión fiscal en estructuras empresariales complejas. Estas medidas buscan garantizar una equidad sustancial dentro del sistema tributario.
Finalmente, la Corte destacó que estas disposiciones son parte integral del esfuerzo por prevenir la elusión fiscal y asegurar una contribución mínima basada en ingresos económicos reales, promoviendo así un sistema tributario más justo y equilibrado.
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