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Aspectos sobre el derecho en la negociación de acciones

La Superintendencia de Sociedades precisó algunos aspectos sobre el derecho de preferencia en la negociación de acciones para comprender su naturaleza jurídica en la normatividad colombiana:

 

  • El derecho de preferencia es un privilegio de tipo patrimonial que deviene del contrato societario, otorgado a los accionistas o la sociedad, que permite que se les prefiera, antes que a terceros, en la negociación de acciones.

 

  • El derecho de preferencia no es un elemento esencial del contrato de sociedad, siendo necesario estipular dicha prerrogativa en el contrato de sociedad; o de lo contrario, no se entenderá incorporado en los estatutos.

 

  • El derecho de preferencia no es un derecho político, pues no es de aquellos encaminados a participar en los temas de dirección de la sociedad, sino que es un derecho que surge del acuerdo de voluntades entre los accionistas plasmado en el contrato social.

 

Superintendencia de Sociedades, Oficio 2023-01-010776 del 21 de febrero de 2023.