En los procesos de fusión existe una transferencia integral del patrimonio, el cual comprende todo tipo de recursos tangibles e intangibles, incluyendo la experiencia de la sociedad absorbida en materia de contratación estatal, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Sociedades.
Por tal motivo, la sociedad absorbente puede atribuir como suya la experiencia de sus absorbidas para los proceso licitatorios en los cuales quieran participar, sin embargo, será discrecional de las entidades contratantes tener en cuenta esa experiencia o no, en cada caso.
Así mismo, también resulta viable la inscripción de la experiencia adquirida por una sociedad absorbente proveniente de una fusión en el Registro Único de Proponentes, lo cual quedará bajo evaluación de la Cámara de Comercio, si procede a realizar o no dicha anotación.
(Superintendencia de Sociedades, Oficio 220-130344 del 04 de julio de 2023)